ISSN1989-1970

Octubre-2023

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https://reunido.uniovi.es/index.php/ridrom

 

 

Crónica del CONGRESO INTERNACIONAL DE CASOS PRÁCTICOS. INNOVACION DOCENTE Y DERECHO GLOBAL TRAS LA PANDEMIA, celebrado In Memoriam del Profesor Justo García Sánchez en la Universidad de Oviedo, España, el 28 y 29 de Septiembre del 2023

 

 

 

Beatriz García Fueyo

bgarciaf@uma.es

ORCID: 0000-0003-1373-9472

Universidad de Málaga

 

 

(GARCÍA FUEYO, Beatriz. Crónica del Congreso Internacional de casos prácticos. Innovación docente y derecho global tras la pandemia, celebrado In Memoriam del Profesor Justo García Sánchez en la Universidad de Oviedo, España, el 28 y 29 de septiembre del 2023.  RIDROM [on line]. 31-2023. ISSN 1989-1970, pp. 454-476. https://reunido.uniovi.es/index.php/ridrom)

 

 

 

 

 

En los días 28 y 29 de Septiembre del 2023, la Universidad de Oviedo acogió este congreso internacional y multidisciplinar de casos prácticos, que llevaba por título “Innovación docente y derecho global tras la pandemia” y se enmarca dentro del Proyecto PID Uniovi 137129.

 

Con una duración de 21 horas lectivas y sistema bimodal, ponentes y asistentes pudieron elegir intervenir presencialmente, en la Sala de grados de la Facultad de Derecho, o realizar el seguimiento telemático a través de la plataforma Microsoft Teams. Como viene siendo habitual, las siete sesiones fueron grabadas para poder ser visionadas en diferido en el canal de Youtube de Uniovi. No puede ser de otro modo, pues sus organizadoras, las profesoras Dña. Carmen López Rendo  Rodríguez y Dña. María José Azaustre Fernández, son conocidas veteranas en eventos sobre docencia jurídica.

 

No obstante, esta efeméride dista mucho de ser una más, pues se celebró in memoriam del profesor D. Justo García Sánchez, salmantino de nacimiento, catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Oviedo durante más de 43 años y padre de quien firma esta crónica. A su impronta docente, amable temperamento y ética laboral se refirió D. Javier Fernández Teruelo, Decano de la Facultad de Derecho ovetense en el acto de bienvenida.

 

Siguiendo la estela de D. Álvaro D’Ors o D. Manuel Jesús García Garrido, D. Ramón P. Rodríguez Montero (Universidade da Coruña) publicó en el 2011, junto a D. Julio García Camiñas y D. Alejandrino Barreiro la obra Derecho jurisprudencial romano: método del caso (ed. Andavira), en la que encontramos más de 200 supuestos. El romanista insiste en la necesidad de abordar la metodología casuística con rigor científico y reflexión sosegada. Ambos son necesarios para dilucidar si un paterfamilias que otorga testamento, instituyendo heredero a su hijo emancipado y sustituto a un esclavo propio, está en su sano juicio. Dado que docencia e investigación científica están íntimamente relacionadas, podemos leer sus Reflexiones en torno a D. 29. 2. 60 en el N.º 38 de la revista e-Legal History Review (Junio 2023).

 

Dña. Pilar Pérez Álvarez (Universidad Autónoma de Madrid) utilizó una presentación con orador inserto en las diapositivas para mostrar, de forma muy visual, el método utilizado por los alumnos de la asignatura optativa “principios clásicos de derecho sucesorio”. Tras enfrentarse a la temida lectura comprensiva, identificación de reglas e instituciones y análisis de remedios procesales, estos estudiantes de cuarto curso ofrecen una solución razonada a un supuesto de sustitución fideicomisaria que comienza con el descubrimiento de un testamento ológrafo.

 

 

Dos no riñen si uno no quiere, salvo que estemos hablando de la finca Tiberina, objeto de discordia entre Ticio y Cayo en el supuesto ideado por Dña. Carmen López-Rendo Rodríguez (Universidad de Oviedo). Estos dos condóminos se arrepienten del pacto de indivisión en cuanto aflora su disentimiento. El impago de los gastos de conservación, unos olivos arrancados y una conducta desobediente, al no responder al reclutamiento del ejército, dan lugar a la división judicial y constitución de un usufructo que no hace más que intensificar la hostilidad, pues usufructuario y nudo propietario parecen empeñados en dudar de las facultades del otro. Afortunadamente, los alumnos cuentan con las soluciones de los juristas del Digesto, que dan respuesta, una por una, a todas las preguntas formuladas por la directora de este congreso.

 

Muchos de los casos presentados son ficticios pero otros son reales y actuales, como la disputa legal localizada en una pequeña península de las Bahamas y narrada por Dña. Camino Sanciñena Asurmendi (Universidad de Oviedo). En este paraíso fiscal y terrenal, las noches de “karaoke, baile y masajes” no reparan en gastos pero pasan factura y se encuadran en una compleja controversia inmobiliaria entre dos propiedades. Una servidumbre predial es eclipsada por los excéntricos y acaudalados dueños de los fundos vecinos. Peter Nygard y Louis Bacon se dirigen toda clase de acusaciones personales, cuyos escandalosos detalles se pueden leer en la revista estadounidense de cultura, moda y política Vanity Fair: https://www.vanityfair.com/news/2015/12/peter-nygard-louis-bacon-legal-battle-bahamas

 

Decía el Marqués de Sade tout est bon quand il est excessif pero, ¿dónde está el límite?. Es una de las preguntas que formulan, jurídicamente, D. Alfonso Murillo Villar, Dña. Olga Gil García y Dña. Henar Murillo Villar (Universidad de Burgos, grupo GIDROM) en el donante generoso: un padre reparte sus bienes entre sus cuatros hijos legítimos, olvidando satisfacer una deuda previamente contraída con su vecino por la compra de unos animales de tiro y carga. Como explicó el profesor Murillo, hoy en día se da el caso de matrimonios de avanzada edad, con hijos ya mayores, un nivel adquisitivo medio, una posición desahogada, que deciden desprenderse en vida de todos sus bienes.

 

Es bien sabido que las relaciones de vecindad pueden tener un trágico desenlace, como ocurre en la premiada película As Bestas (Rodrigo Sorogoyen, 2022), donde una tranquila aldea gallega se convierte en escenario de un crimen motivado por la venta de unas tierras a una compañía eólica. Este recurso es utilizado por D. Tomás de Domingo (Universidad  Miguel Hernández de Elche) para estimular la reflexión del alumnado al enfrentarse a conceptos teóricos. A través del arraigo, pueden distinguir el derecho de la exigibilidad del mismo.

 

El uso del cine con fines docentes se remonta décadas en el tiempo, como recordó D. Alfonso Ortega Giménez (Universidad Miguel Hernández de Elche). A su juicio, la comedia romántica Green Card (Peter Weir, 1990) es un excelente recurso para explicar el matrimonio de conveniencia en la disciplina de Derecho Internacional Privado. Asimismo, Bajo el sol de la Toscana (Audrey Wells, 2003) sirve para familiarizar al alumno con la gestación subrogada o con el contrato de compraventa con parte contractual extranjera.

 

Los aspectos lúdicos y artísticos del cine hacen más atractiva la presentación de contenidos y estimulan el sentido crítico, pues suplen la imposible vivencia de la experiencia jurídica romana. Eso afirma D. Francisco Javier Casinos Mora (Universitat de Valencia), quien utiliza el software gratuito H5P para crear contenido interactivo en escenas de la película El cáliz de plata (Victor Saville, 1954), con el objetivo de trabajar los status de la persona y la mancipatio.

 

La editorial Turpin publicó una colección de cuentos infantiles, ilustrados por distintos artistas e inspirados en novelas griegas conocidas gracias a rollos de papiro, regalo del Nilo a la humanidad. En ella encontramos Nino, las aventuras del Rey de Nínive  (María Paz López, 2021), donde el amor se entremezcla con la aventura y un rey asirio se convierte en inmigrante al naufragar en tierra inhóspita. Dña. Olimpia Navarro López (Universidad de Alicante), miembro del comité editorial, pretende ofrecer un instrumento didáctico e innovador para dar a conocer la novela antigua a un público no especializado y acercarles a las nuevas tecnologías. Mediante un código QR, propone una sesión de lectura en el ámbito del hogar, al tratarse de una forma placentera de intercambio generacional entre niños y adultos.

 

Verba volant scripta manent es la famosa cita del discurso pronunciado por Cayo Tito al senado romano. Las palabras vuelan porque reverberan y quedan en la conciencia y alma de los cautivados por ellas. Esta es la filosofía de D. Juan Alfredo Obarrio Moreno (Universidad de Valencia) en su misión de formar juristas y humanistas. Testigo de cargo (Billy Wilder, 1957), Matar a un ruiseñor (Harper Lee, 1960, con adaptación cinematográfica de Robert Mulligan, 1962) o Vencedores y vencidos (Stanley Kramer, 1961) presentan elementos puramente jurídicos con connotaciones metajurídicas, como pueden ser el racismo, la empatía o la confrontación entre derecho y totalitarismo.

 

En un episodio de la serie americana Suits (Aaron Korsh, 2011-2019), disponible en la plataforma Netflix, unos abogados de élite tratan de evitar que un Ayuntamiento expropie un restaurante neoyorkino. Este drama legal permite a D. Diego Rodríguez Cembellín (Universidad de Oviedo) revisar conceptos esenciales de Derecho Administrativo, como son la autotutela declarativa y ejecutiva de la administración, la causa expropiandi, la reversión del bien expropiado o aspectos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

 

De Nueva York viajamos a la península balcánica. A tan solo cinco minutos a pie de la espectacular catedral ortodoxa San Alejandro Nevski, los alumnos de Derecho Romano de la Universidad de Sofía asisten a sesiones prácticas semanales, donde trabajan textos de Aulo Gelio, Cicerón o Gayo. Y es que la disciplina (historia, instituciones, pandectas, casuística y latín jurídico) se estudia en Bulgaria desde hace 130 años, como explicó Dña. Malina Novkirishka-Stoyanova (Universidad "Sveti Kliment Ohridski", Sofía). Recientemente, en el año 2018, se creó la Asociación de Derecho Romano de los Balcanes, con miembros de Serbia, Rumanía, Croacia, Moldavia, Turquía, etc. Su revista online Ius Romanum está disponible para consulta y abierta al envío de trabajos  https://iusromanum.info/en/

 

Los recursos multimedia ilustran las profesiones jurídicas del sistema continental y del Common Law. Escenas de las películas En el nombre del padre (Jim Sheridan 1994), El proceso Paradine (Alfred Hitchcock, 1947) o Presunto inocente (Alan J. Pakula, 1990) son aprovechadas por Dña. Aurora López Güeto  (Universidad Pablo de Olavide,  Sevilla) para explicar la formación de un barrister, un juicio mediático o el funcionamiento del ministerio fiscal, entre otros. Asimismo, sus alumnos de Derecho Comparado, pueden apreciar cómo un desacuerdo entre dos empresas de distribución de calzado en la fase de negociación frustra las expectativas de una de ellas.

 

No son pocas las carencias que suelen presentar los alumnos de nuevo ingreso: bajo nivel de comprensión escrita, falta de vocabulario, faltas de ortografía, déficit de atención, etc. Dña. Eva María Polo Arévalo (Universidad Miguel Hernández de Elche) les estimula a través de lecturas y supuestos hipotéticos, como el del viandante que fallece al caérsele una rama que ha sido cortada por un podador, entendiendo que la tala de un árbol requiere una diligencia correspondiente al riesgo que entraña.

 

Desgraciadamente, hasta un tranquilo paseo por las calles de la capital puede tornarse accidentado; uno puede acabar herido o empapado, como advertía el poeta Juvenal en una de sus Sátiras (Sat. 3.,268-278). Esto es lo que les sucede a los infortunados personajes de Dña. María José Azaustre Fernández (Universidad de Oviedo). Sus alumnos simulan un juicio[1] sobre dos supuestos de daños, ambientados en época justinianea. Volviendo a las fuentes, redactan los libelli propios de la cognitio extra ordinem, identifican los cuasidelitos presentes,  legitimación de los sujetos, potencial responsabilidad, intervención de terceros, el quantum indemnizatorio o posibles defensas de un habitator.

 

Dña. Margarita Fuenteseca Degeneffe (Universidad de Vigo) utiliza la aplicación educativa Moodle para introducir instituciones como la occupatio, a través de la cual sus alumnos trabajan con fuentes jurídicas en formato bilingüe. A las fuentes romanas disponibles online también se refirió servidora (Universidad de Málaga), con un supuesto de hecho en formato infografía sobre el silencio del heredero. En él, los alumnos se sirven de un código QR para acceder a bibliografía especializada y cuidadosamente seleccionada. Aceptar o no aceptar tiene consecuencias.

 

El silencio del heredero, junto a otras cuestiones de derecho sucesorio, es examinado por un grupo de alumnos que ya han cursado la asignatura de Derecho Romano en el pasado. Dña. Paula Domínguez Tristán (Universidad de Barcelona) aprovecha los conocimientos que han adquirido de derecho civil y derecho foral catalán. Mediante la metodología del aula invertida y en tres fases, ponen en común respuestas a preguntas sobre la aceptación de la herencia, acrecimiento o la institución de heredero universal.

 

La metodología es determinante a la hora de moldear la forma mentis de los alumnos como futuros juristas conscientes y no meros aplicadores automáticos de la norma. Así lo entienden las profesoras Dña. Amparo Montañana Casaní y Dña. Carmen Lázaro Guillamón (Universidad Jaume I). Partiendo del significado del vocablo latino fornacarius, que no fornicarius, los estudiantes deberán argumentar hechos relativos a la responsabilidad en el sueño del hornero.

 

No cabe duda del extraordinario valor de la jurisprudencia romana al analizar el daño de la Lex Aquilia, contribuyendo a sentar las bases de los modernos sistemas de responsabilidad extracontractual. Dña. Esther Domínguez López (Universidad de Málaga) utiliza el método científico de los comentaristas medievales (lectio, divisio, expositio) antes de debatir sobre la occisio e iniuria en el conocido texto de Ulpiano sobre un barbero que secciona el cuello a un esclavo y es que más vale quedar mal afeitado que bien desollado. En este mismo sentido, el profesor D. Julio García Camiñas (Universidad de La Coruña) expuso su preocupación por el impacto que las nuevas herramientas puedan tener en la tradición romanística, reivindicando el estudio del Digesto y análisis de las rationes decidendi de los juristas romanos como elemento permanente en cualquier práctica.

 

Una competencia específica es la adecuada expresión oral del alumno, que muchas veces no sabe organizar y transmitir sus ideas ante un auditorio. D. Juan B Cañizares Navarro (Universidad de Valencia) reivindica la contribución del Derecho Romano para introducir al alumno en la argumentación y dialéctica jurídica, mediante un recorrido de la jurisprudencia romana como principal fuente de aquéllas.

 

A lo ya expuesto, debe sumarse el contexto histórico y geográfico. En el caso formulado por D. Xexús Pérez López (Universidad Rey Juan Carlos), un armero hipoteca sucesivamente su embarcación, de nombre Alauda o “Golondrina”. El apurado Sexto Navarco se ve obligado a endeudarse para solucionar sus problemas de liquidez y sufragar una ambiciosa expedición comercial, que partirá de Alejandría hacia el este asiático. Una sucesión de infortunios impide a nuestro protagonista devolver las cantidades debidas a sus acreedores. El destino de Golondrina requiere del estudio de fuentes, aplicando las competencias adquiridas por el estudiantado.

 

La reflexión y razonamiento tampoco son ajenos a los alumnos de Dña. Clara Gago Simarro (Universidad de Oviedo). En cinco sesiones y pretendiendo ser miembros de diversos despachos de abogados, se lanzan a la caza del derecho real pleno. Deberán conseguir que su cliente obtenga plena propiedad de un inmueble, sin cargas, perturbaciones ni limitaciones. Para ello, cavilarán cómo poner fin a conductas molestas y dar sentido a una herencia con cautela socini que se complica por momentos.

 

Dña. Carmen Cortés Román (Universidad Pablo Olavide, Sevilla) propone un aprendizaje experiencial en el marco de la clase invertida. A través de la narrativa del storytelling, sus alumnos recorren destacadas instituciones de Derecho Romano. Es el caso de Vesto, quien mejoró sensiblemente de fortuna al ser manumitido, pues pasó de esclavo a empresario. A lo largo de su azarosa vida tuvo tiempo de celebrar contratos varios y defender su propiedad frente a indeseados ocupantes. Para más inri, Vesto llega a la lengua de Shakespeare de la mano de Dña. Anna Karabowicz (Universidad Pablo de Olavide, Sevilla), encargada de la asignatura Roman Law o Derecho Romano en inglés. La profesora explicó las dificultades que experimentó al utilizar traducciones en lengua inglesa de las fuentes romanas, como la confusión que se genera entre los conceptos culpa, caso fortuito y fuerza mayor.

 

En el año 2019,  D. Carlos Sánchez-Moreno Ellart (Universidad de Valencia) se encontró con un grupo de alumnos atípico, reducido pero con base en estudios clásicos. Eso le permitió hacer un seminario con textos epigráficos, que subrayan determinadas habilidades. La información proviene de las fuentes, que deben ser reconstruidas, tienen la experiencia física del documento y aprenden la ardua tarea que supone traducir al inglés. Así podemos encontrar Res Gestae Divi Augusti: the archievements of the Divine Augustus (trad. realizada por el historiador P. A. Brunt y el filólogo J. M. Moore, Oxford, 1969), donde el término auctoritas es traducido por influence y potestas como official power.

 

Tras la pandemia, podemos afirmar que lo digital es parte de la vida del ciudadano, como atestiguan las múltiples herramientas que los organismos públicos ponen a disposición de éste para la realización de distintos trámites. Los alumnos de la asignatura Tributación comercial, impartida por D. Javier García Puente (Universidad de Oviedo), utilizan el localizador de operaciones de la AEAT para determinar si las operaciones de una empresa se encuentran sujetas al IVA español o de otro estado miembro y hacen uso del simulador del modelo 303 (autoliquidación) para comprender el funcionamiento de este impuesto.

 

Si bien la memoria es esencial en el grado en Derecho, el estudiante necesita desarrollar la lógica jurídica. Así lo entiende  Dña. Belén Fernández Vizcaíno (Universidad de Alicante), quien aúna el trabajo individual y colaborativo gracias al role playing. A través de la dramatización, sus alumnos experimentan las posiciones de acusado, acusador o juez en un juicio simulado en el que se ejercita la acción reivindicatoria para recuperar un inmueble presuntamente ocupado.

 

Un suministro de telas entre dos empresas enfrentó a dos grupos de estudiantes en la asignatura de Derecho Procesal Civil. Así lo explicaron D. José Luis Rebollo Álvarez-Manuela Rodríguez Morán y Luis Pérez Fernández (Universidad de Oviedo). En este caso, los alumnos redactaron y aportaron todos los documentos, con lo que se enriquece la actividad y abre la posibilidad de colaborar con otras disciplinas en el futuro.

 

En la línea del ser – saber – actuar, D. César Eugenio Vargas Rojas (Universidad del Alba Chile) coordinó la simulación de un juicio romano en el entorno virtual, utilizando obras como la del romanista D. Ursicino Álvarez para mostrar, de forma dinámica, la complejidad del proceso romano y facilitar la asimilación de conocimientos en un entorno lúdico. La satisfacción de sus alumnos así lo reflejan.

 

Para Dña. Elvira Méndez Chang (Universidad Católica del Perú) la planificación es clave. Por ello, utiliza distintos recursos y fuentes de Derecho Internacional, disponibles para los alumnos en la plataforma Paideia, con los que preparan argumentos a favor y en contra de la inteligencia artificial para defenderlos en debate abierto.

 

Este campo de la informática es empleado por D. Javier Roncero (Universidad Autónoma de Madrid) para resolver un caso de servidumbres prediales. Para ello, utiliza los sistemas de expertos o SEJ, compuestos por una base de conocimientos, una base de datos y un motor de inferencia. A través de la lógica preposicional, el sistema va a formular preguntas a los alumnos, descartando alternativas hasta llegar a la solución más lógica, conforme a las fuentes jurídicas disponibles.

 

La inteligencia artificial puede revolucionar la educación, aunque no está exenta de desventajas y riesgos, como son los relativos a la privacidad y seguridad de datos. Los especialistas en las TIC D. José Luis Zamora Manzano y Dña. Tewise Ortega González (Universidad de Las Palmas de Gran Canaria) analizan ChatGTP, tecnología especializada en el procesamiento del lenguaje natural, Google Bard, que se sirve de un bot conversacional y Microsoft Copilot. Utilizan LandBot para crear un chatbot que responde cuestiones de Derecho Romano de forma automática y Visus AI para crear una base de datos con los documentos subidos a la aplicación. Otras posibilidades, afirman, es el empleo de Murf AI o HeyGen para crear vídeos con un avatar preseleccionado o Tome, para presentaciones automatizadas del tema elegido.

 

Si no está roto, juegue con él hasta que descubra cómo funciona. Dña. Patricia Panero Oria y Dña. Teresa Duplá Marín (Universidad de Barcelona) piden a ChatGTP construir un caso práctico sobre vicios de forma y fondo en una transmisión de propiedad. Así nace el contrato de compraventa de una parcela de tierra entre Marco y Lucio, donde un error en la descripción y un vicio oculto relativo a las características del terreno impiden dicha transmisión. La interesante conversación entre las profesoras y la aplicación pone de manifiesto el potencial y las limitaciones de la IA en la aplicación práctica del Derecho.

 

D. Ignacio Fernández Chacón (Universidad de Oviedo) combina ChatGTP con la plataforma Socrative como herramienta complementaria a las explicaciones. La aplicación utiliza la técnica del prompting: cuanto más acotadas estén las preguntas, más precisas serán las respuestas. Lo demostró in situ con los tipos de entrega en la tradición y con las tarjetas revolving. No obstante, advierte la necesidad de filtrar las fuentes; en caso contrario, la plataforma puede extraer información de blogs de dudoso o escaso rigor científico.

 

Decía Séneca que las dificultades fortalecen la mente y Dña. Lucía Bernard Segarra  (Universitat de Valencia) lo pone en práctica en su idea cuaderno de problemas, donde los alumnos trabajan sobre usucapión y usufructo, como figuras principales, en grupos de cinco integrantes. A cada miembro se le asigna un rol, a saber: un líder, un secretario, un reportero, un responsable que actúe de enlace con el tutor y un abogado del diablo, que cuestione la actuación de los anteriores.

 

No puede haber obstáculo entre lo que se piensa y lo que se manifiesta. D. Carlos María Antuña Suárez (Universidad de Oviedo) interpreta así parte de un fragmento de Ulpiano, relativo a la tutela testamentaria dada a los hijos, donde el propio jurista responde a las hipótesis que se formulan a los alumnos. Una de ellas es qué ocurriría si esos hijos caen en manos de los enemigos o si el testador ignora la existencia de descendencia nacida de forma sobrevenida.

 

De los distintos modos de adquirir el derecho real de propiedad que existen en Derecho Romano, Dña. Ana Vázquez Lemos (Universidad de Vigo) diserta sobre la especificación. A través de una selección de textos jurisprudenciales, compara posturas de varios juristas romanos, como Sabino, Casio o Próculo. Todo ello con el objetivo de determinar quién puede convertirse en propietario de la species resultante, si el transformador o el dueño de la materia prima.

 

La enseñanza del Derecho Romano presenta una dificultad añadida en la República argentina, derivada de los planes de estudios de etapas anteriores, que no incluyen al mundo romano. La ignorancia de algunos conceptos jurídicos romanos no solo ralentiza las sesiones, en ocasiones, retrotraen cuestiones ya superadas hace dos mil años. Así lo expuso Dña. Marilina Andrea Miceli (Universidad de Buenos Aires, Universidad Abierta Interamericana y Universidad J.F. Kennedy), quien habló de la “tolerancia al vacío”, entendida como una continua búsqueda de la verdad.

 

“Si hacemos a los alumnos partícipes de la enseñanza, despertamos su interés”. A esta frase se refirió Dña. Laura Álvarez Suárez (Universidad de Oviedo) en su disertación sobre el aprendizaje autoregulado. Este aprendizaje autodirigido potencia la autonomía, creatividad y participación del alumno, estructurándose en cuatro áreas: cognitiva, afectivo-emocional, comportamental y contextual.

 

Las TIC flexibilizan la enseñanza y ayudan a superar limitaciones particulares de los alumnos, permitiéndoles aprender a su propio ritmo. Dña. María del Mar Canato Caballero (Universidad de Alicante) considera que la Universidad debe dar servicio a toda la sociedad en igualdad de oportunidades y valora positivamente las nuevas tecnologías como vehículo adecuado para el desarrollo de los estudiantes con discapacidad y su mejor inclusión en la vida social y laboral.

 

El legislador legisla “para los casos generales”, por eso Dña. Isabel Lorente Martínez  (Universidad de  Murcia) utiliza sentencias emblemáticas, que guían doctrinalmente al alumno sobre la adecuada aplicación del derecho en casos concretos. La sentencia del TJUE 14.10.2008 (S. Grunkin y D. R.Paul), recuerda que una norma nacional que impide a las autoridades de un Estado miembro reconocer el apellido de un niño tal como ha sido inscrito en otro Estado miembro, es contraria al derecho de libre circulación y residencia, a tenor del artículo 18 del TCE.

 

De los errores se aprende y si son ajenos, mejor todavía. A través de la búsqueda de errores en sentencias judiciales, Dña. María Asunción Cebrián Salvat (Universidad de Murcia) fomenta la participación del estudiante de Derecho Internacional Privado. Es el caso de la controvertida calificación que hace el Tribunal Supremo del artículo 7.2 del Reglamento Bruselas 1 bis, sobre competencia judicial internacional en litigación camiones. Bajo esta denominación, enfrenta a una serie de fabricantes de camiones, sancionados por la Comisión Europea por una infracción anticompetitiva, y a los compradores de los mismos.

El conocimiento se justifica por sí mismo y uno de los deseos de todo docente es un mayor compromiso por parte de los alumnos. D. Álvaro Martínez Fernández (Universidad de Valencia) intenta captar su atención con casos reales, aprovechando su propia trayectoria profesional como abogado ejerciente. Un ejemplo es la comparativa de la Tabla III de la Ley de las XII Tablas, sobre el pago de una deuda dineraria y las consecuencias del impago, con normativa actual.

 

Durante la pandemia, un meme se hizo viral: en cuatro viñetas, una persona se lavaba las manos mientras recitaba el artículo 612 del Código Civil, sobre la persecución de abejas en fundo ajeno, pues entendían las autoridades sanitarias que era el tiempo requerido para una adecuada limpieza. Desde entonces, los recursos digitales con fines humorísticos o informativos han avanzado considerablemente. Es también el caso de la infografía, esto es, un recurso que organiza la información combinando elementos visuales y gráficos. D. Manuel Casado García (Universidad Autónoma de Madrid) la utiliza para reforzar competencias digitales, pues las redes sociales son elemento de socialización primaria. El alumno utiliza la plataforma Canva para componer la resolución de un caso práctico sobre propiedad y posesión, con el descubrimiento de un tesoro y posterior usucapión. Su publicación en la red social Instagram puede ser de forma estándar o en carrusel y, sin que sirva de precedente, los likes importan.

 

La enseñanza del derecho sigue estando, a juicio de D. Pablo Pareja Ferrer (Universidad Miguel Hernández de Elche), excesivamente centrada en el conocimiento de las normas, soslayando el caso. Sus alumnos de la asignatura Teoría del Derecho, ven invertida la estructura de las clases, para tratar de asimilar conceptos complejos y evitar el esfuerzo estéril. Comienzan con la exposición de dos sentencias judiciales y continúan con la parte teórica. Uno de ellas es la STC 170/1987, de 30 de Octubre, caso barman, donde el derecho a la libre organización productiva colisiona con el derecho a la propia imagen, en relación a la indumentaria de un trabajador.

 

D. Julio Carbajo González (Universidad de Oviedo) trajo a colación la STS de 30 de Junio del 2016, sobre una acción de reclamación de filiación no matrimonial (reconocimiento de complacencia) y una accesoria y subordinada de impugnación de filiación matrimonial. En ella, el Alto Tribunal aprecia la existencia de conflicto de intereses entre una madre y su hija menor y se discute si el interés del menor puede no coincidir con la determinación de la filiación biológica.

 

Las ponencias se han caracterizaron por el interés común de transmitir el conocimiento de las respectivas disciplinas, manteniendo la calidad, el rigor y continuando con las labores de investigación que nos son propias. Al igual que en ediciones anteriores, transmito mi agradecimiento a las incombustibles organizadoras, cuyo esfuerzo y visión de futuro hacen realidad este tipo de reuniones.

 

Muchos participantes recordaron con respeto y cariño a su compañero, el profesor García Sánchez, cuya reciente pérdida se suma a las de otros relevantes estudiosos de la romanística española, acaecidas en los últimos años. Como escribió su amigo, D. Mariano Martín Martín (Universidad de Salamanca):

De una Piedra fuiste hijo

de calles, paseos y muralla,

tu obra ya es parte de un rito

adornado, que invade la talla,

con sangre forjada con hilo

que vela tu voz y se calla.

 

Siempre vivo… en mi recuerdo.

 

 

BEATRIZ GARCÍA FUEYO

Profesora Ayudante Doctor

Universidad de Málaga



[1] Sobre la simulación de juicio, su preparación y desarrollo, ver López-Rendo, Carmen, María José Azaustre, y Emma Rodríguez Díaz. «Simulación De Juicios, Bases De Datos y gamificación en Derecho Romano». RIDROM. Revista Internacional de Derecho Romano 1, no. 26 (abril 15, 2021): 575–638. Accedido octubre 21, 2023. https://reunido.uniovi.es/index.php/ridrom/article/view/18185. El desarrollo de la simulación de juicio se encuentra en las páginas 602 y ss. La aplicación al procedimiento de la cognitio extraordinem a partir de las páginas 610 y ss.