Abstract
La entrada de España en las Comunidades Europeas, hace ahora 40 años, supuso su ingreso en una Comunidad jurídica, lo que implicaba asumir no solamente todo el acervo comunitario, sino también una cesión de competencias en algunos sectores. Aunque en el ámbito fiscal las competencias permanecen en manos estatales, lo cierto es que, en la medida que su utilización puede incidir en el funcionamiento del mercado interior, este se ve de facto limitado en ocasiones. A estos efectos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha venido marcando límites al uso del poder tributario de los estados miembros, en lo que se conoce como “armonización negativa”. En nuestro país, el proceso de integración se desarrolló de manera casi paralela al proceso de descentralización fiscal, viendo también las Comunidades Autónomas limitada su capacidad para establecer y regular tributos por la normativa europea. En qué medida, estas limitaciones les afectan estas limitaciones, con especial referencia a la fiscalidad autonómica asturiana, será objeto de este trabajo.
