Previsiones aquilianas. II. Momento de la aestimatio damni para el cálculo del resarcimiento del damnum. La discordancia entre quo plurimum in eo anno fuit (Gayo 3,210 y D. 9,2,2 pr., IJ 4,3, pr.), e in diebus XXX proximis (Gayo 3,219; Ulp. D. 9,2,27,5)
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Palabras clave

Aestimatio damni-aestimatio rei
negligencia
actio legis Aquiliae de occiso y de vulnerato Aestimatio damni-aestimatio rei
contributory neglegence
actio legis Aquiliae de occiso and de vulnerato

Cómo citar

Torrent, A. (2018). Previsiones aquilianas. II. Momento de la aestimatio damni para el cálculo del resarcimiento del damnum. La discordancia entre quo plurimum in eo anno fuit (Gayo 3,210 y D. 9,2,2 pr., IJ 4,3, pr.), e in diebus XXX proximis (Gayo 3,219; Ulp. D. 9,2,27,5). RIDROM. Revista Internacional De Derecho Romano, 1(21), 239–282. Recuperado a partir de https://reunido.uniovi.es/index.php/ridrom/article/view/18119

Resumen

La lex Aquilia (286 a. C.) fue la primera norma que sancionaba el damnum iniuria datum como un delito privado sine iure factum, una actuación negligente (culpa) causada con iniuria que legislaciones modernas abrazan en la responsabilidad extracontractual. La estimación del montante de la condena era quanti en eo anno plurimi fuit (c. I) y quanti ea res erit/fuit in diebus XXX proximis (c. III) con soluciones controvertidas cuando el esclavo o el animal primero mortalmente habían sido heridos y muertos más adelante por una segunda herida causada un segundo delincuente..
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