Abstract
Resulta evidente la proyección histórica en el Derecho privado europeo del concepto romano de la bona fides, tanto desde su perspectiva subjetiva, como desde su formulación objetiva como principio general. Su continuidad histórica se manifiesta en el derecho intermedio a través del Ius Commune por obra de canonistas y comentaristas con la elaboración doctrinal y jurisprudencial del ius mercatorum. Otro impulso decisivo como principio integrador del ordenamiento jurídico lo encontramos en su positivización en la Codificación. Lo que no se observa en la Common Law; no obstante la jurisprudencia inglesa está integrando cada vez más Directivas comunitarias que incorporan la buena fe a sectores de su ordenamiento, como el referido al derecho de consumidores. Concretamente, dentro del derecho contractual europeo, la normativa comunitaria nos recuerda su importancia como pieza clave para conseguir la armonización del Derecho en esta materia..Downloads
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