Aproximación a la naturaleza jurídica de las sportulae del juez: donativo, retribución y tasa
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Come citare

García Fueyo, B. (2020). Aproximación a la naturaleza jurídica de las sportulae del juez: donativo, retribución y tasa. RIDROM.Rivista Internazionale Di Diritto Romano, 1(24), 261–405. Recuperato da https://reunido.uniovi.es/index.php/ridrom/article/view/18154

Abstract

Es Justiniano quien incide directamente en su regulación, aunque solo parcialmente, a tenor de los testimonios actualmente disponibles, y admite las sportulae como retribución para los jueces pedáneos. Desde la época visigótica hasta la Edad Moderna, se impondrá definitivamente la significación inicial de las sportulae como retribución del juez, aunque una parte de la doctrina lo califica desde entonces como tasa, pero sin que se haya producido una homogénea implantación geográfica en la Península y a nivel europeo. En la Baja Edad Media se asigna un salario público a los jueces, al mismo tiempo que se dispone la cantidad que perciben como espórtulas, en atención a las distintas actuaciones procedimentales, y en ese ámbito podemos afirmar que se consolidaron las sportulae del juez como tasa. Actualmente, las aportaciones de las partes litigantes han sido reguladas como tasa, a nivel nacional y de la Unión europea..
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